Tipos de cheques
¿Qué son los cheques?
El término cheque hace alusión a aquella orden de pago que un individuo recibe de manera escrita para verse habilidado a cobrar un determinado monto de dinero, que se encuentra detallado en el documento. Se supone que la entidad bancaria del individuo que expida dicha orden de pago debe contar con las suma en cuestión para que la persona pueda cobrarlo sin inconvenientes y que tampoco debe ser titular de ninguna cuenta en la entidad para hacerse del dinero.
Entre otras cosas, los cheques se caracterizan por su literalidad, es decir, que su valor equivale únicamente a lo que queda expresado en él y sólo se los puede cobrar si contienen todos los requisitos obligatorios, como puede ser el nombre completo del beneficiario.
Cheques: clasificación
Dentro del ámbito bancario existen diferentes tipos de cheques. Algunos de ellos son los siguientes:
Al portador: esta clase de cheque recibe este nombre por el hecho de que cualquier individuo que lo tenga en su poder puede cobrar la suma establecida, ya que no se especifica ningún beneficiario en el documento. De todas maneras, la persona que se acerque a la entidad bancaria para cobrarlo, deberá identificarse con los documentos correspondientes para así poder cobrar la suma del cheque.
Para acreditar en cuenta: cheques como estos son los que se cobran únicamente a través de una cuenta bancaria y no en efectivo. Su portador lo podrá identificar con facilidad ya que cuentan con una leyenda que así lo indica: “Para acreditar en cuenta”.
No a la orden: este cheque, a diferencia de otros, únicamente puede ser cobrado por aquella persona para la que fue hecho, lo que significa que no puede ser endosado.
Certificado: como su nombre indica, estos son los cheques que han sido certificados por la propia entidad financiera, para garantizar que el documento cuenta con los fondos especificados, lo que implica que los mismos serán reservados hasta que la persona se acerque a la ventanilla para cobrarlos.
De gerencia: los cheques como estos son los que expide una determinada entidad crediticia en sus propias sucursales y, por lo general, no poseen fecha de caducidad, sino que se pueden cobrar en cualquier momento, es decir, cuando el beneficiario así lo desee. Estos cheques suelen ser utilizados como garantía y operan como dinero líquido puesto que su monto puede ser retirado de la cuenta de la persona que lo paga, incluso en la misma fecha de expedición.
A la orden: esta clase de cheques se caracterizan por el hecho de que únicamente pueden ser cobrados por la persona para la cual fue hecho. De todas maneras, pueden endosarse, lo que permite que el monto de dinero pueda ser cobrado por la última persona que haya sido puesta como beneficiaria.
De viajero: esta clase de documentos, también conocidos por su nombre en inglés, Traveller’s Check son los que se caracterizan por ser expedidos por una determinada entidad bancaria con el objetivo de que su portador pueda cobrarlo en las distintas sucursales que posea la entidad, ya sea en otros puntos del país o incluso en el extranjero. Esta opción resulta un recurso muy útil para los turistas a la hora de viajar ya que pueden hacerlo sin tener que portar sumas de dinero, sino retirarlas en los destinos a los que arribe. Otras características de estos cheques es que, por lo general, no poseen fecha de vencimiento; pueden ser sustituidos en caso de que su portador lo extravíe incluso telefónicamente; su beneficiario los puede utilizar como efectivo para abonar determinados servicios y productos; pueden ser emitidos en distintas divisas (ya sean pesos, dólares, euros, reales, etcétera) y, por último, prácticamente todos los países del mundo reciben estos documentos.
Bancario: cheques como estos se caracterizan por ser la propia entidad bancaria la que lo firma puesto que es la que debe pagarlo.
De caja: esta clase de cheques, en cambio, son expedidos por una determinada entidad crediticia y su portador sólo puede cobrarlo en sus sucursales y no en otros bancos, como lo permiten algunas opciones.
Nominativo: estos son los cheques en los que el beneficiario del mismo es el individuo o entidad que figure en el dorso. Los cheques como estos pueden ser endosados, es decir, que el beneficio puede ser transmitido a otras personas o empresas, siempre que estas lo firmen.
De pago diferido: esta variante de cheques se tratan de una orden de pago en el que quien lo expide debe contar con los fondos necesarios para poder pagarlo en el momento que el beneficiario va a cobrarlo.
Conformado: en estos cheques, la propia entidad bancaria que deberá pagarlo le asegura a su beneficiario que quien lo expide tiene los fondos suficientes, por lo tanto, lo podrá abonar. Para que esto quede sentado, además de una firma, el cheque debe contar con la leyenda “conforme” o “certificado” que lo aclare. Para que haya garantía del pago, el banco en cuestión le retiene a quien expida el cheque la suma necesaria de dinero, junto con una comisión previamente acordada.
Cruzado: los cheques como estos tienen la particularidad de no poder ser cobrados en efectivo. En vez de esto, la persona que lo tiene en su poder recibirá el monto de dinero en su cuenta bancaria. Estos documentos son fáciles de identificar puesto que cuentan, en su frente, con una línea trazada de forma diagonal y dos dispuestas de forma paralela. A los que tienen este diseño se los denomina cheques cruzados en general mientras que si además de esas rayas incluyen el nombre del banco entre las mismas se los denomina cheques cruzados en especial y únicamente pueden ser presentados en la entidad bancaria indicada.
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